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March79

inquilino/a

Me he ido del piso de alquiler porque está forzado el cuadro general de electricidad para que no salte, ¿Puedo denunciar?

Les comento mi situación para que puedan aconsejarme y saber si debo contratar un abogado. En septiembre alquilé un piso a través de una inmobiliaria en Alcalá de Henares. En varias ocasiones he recibido calambres de los electrodomésticos de la cocina. Al principio de este mes recibí uno muy fuerte que me tiró al suelo. Es por ello que miré en el cuadro general de electricidad de la casa y comprobé que está forzado. Hay una cerilla colocada de tal forma que no pueda saltar el general de la casa. Si se quita la cerilla, no hay luz, lo cual indica que hay algo que está haciendo contacto o que tienen contratada menor electricidad de la necesaria. Al ver esta situación tan peligrosa, que puede provocar un incendio, decidí dejar el piso. Yo tendría que pagar la mensualidad del mes del día 1 al 10, pero habiéndome dado cuenta de ésto el día 6, no les he abonado la mensualidad.  Las llaves se las quise entregar a la inmobiliaria el día 10 (tras hacer la mudanza) pero no me las han querido coger porque el dueño del piso dice que le tengo que pagar el mes este. Quisiera saber qué puedo hacer, ¿debería ir a la compañía de la luz para denunciar que está forzado el cuadro de electricidad?, ¿denunciarlo en la policía?

  • Preguntado por: March79
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ante todo debe tomar en consideración que nadie puede dar por terminado un arrendamiento unilateralmente, se puede ver obligado a indemnizar al arrendador.

    el tema del 'Puente' en la electricidad es espinoso porque se expone a que se lo imputen ya que al parecer ha estado conviviendo con él desde setiembre.

    Para ampliar más o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/

     

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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