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Según tengo yo entendido por ley es un año, si es así, ¿Podría reclamarlo? Querría dejar el piso al año sin perder la fianza.
Al consultante le conviene bastante leer esto:
http://www.pedrohernandezabogado.com/2011/09/el-decalogo-del-inquilino.html
Las expresiones 'me hicieron... alegando...' son dificiles de probar en un Juzgado,allí lo único que aparecerá es la firma de quien las invoca.
Hola,
Si firmaste por dos años si no los cumples te pueden demandar.
la ley no dice nada en cuanto a la duración mínima de un contrato de arrendamiento.
La ley no marca un mínimo establecido, pero sí que marca que hay que cumplir lo pactado en un contrato, así que, si has firmado dos años, deberás cumplirlos.
Si quieres irte antes, tan fácil como pactarlo y escribirlo y firmarlo, pero dudo mucho que se avengan a razones para ello.