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Si no hay contrato firmado de alquiler solo verbal, a qué derecho está expuesto el iquilino y a qué derecho está expuesto el arrendador.
Simplemente matizar a la acertada respeusta de mi compañero jan, que a mi modesto entender, el mas perjudicado en un arrendamiento verbal es el casero, que no puede acreditar ni la cuantía del alquiler no as demás circunstancias que acompañan a un contarto d earrendamiento, por el contrario el inquilino tiene fácil acreditar su condición, con la realida de su estancia en la vivienda y el pago de los alquileres.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Hola elisa:
los derechos y obligaciones para ambas partes serían los mismos que si el contrato se hubiera celebrado de forma escrita. Cuestión distinta es la dificultad que ambas partes tendrán para probar, llegado el caso, los acuerdos a los que hubiesen llegado verbalmente.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
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