¡Vaya lío que se ha montado con el CEE! jose lopez: Si usted ha firmado un arrendamiento por ocho años, cualquier modificación legal que se produzca durante la vigencia de ese contrato, no le va a afectar. Al menos esa ha sido la tónica desde que yo recuerdo, 1964, desde cuya fecha han sido innumerables las modificaciones de la legislación arrendaticia. En ningún lugar de la LAU aparece como requisito de eficacia de un contrato, la incorporación al mismo del CEE, por lo tanto reitero lo dicho, la inexistencia de CEE es una infracción administrativa que puedecomportar una sanción pecuniaria.
EL Certificado de Eficiencia Energética (CEE): Infracciones y sanciones.