En mi nuevo contrato de alquiler me encuentro con la siguiente cláusula:
También corresponderá a la parte arrendataria la responsabilidad por daños que se produzcan a terceros en la vivienda arrendada o desde su interior, eximiendo de toda la responsabilidad a la arrendadora.
Y cuando pido una aclaración me dicen lo siguiente:
"En cuanto a los daños siempre y cuando los daños producidos sean por algo interno de la casa, es decir, si se rompe una tubería que va por dentro, nos encargamos nosotros. Todo lo demás es responsabilidad del inquilino
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