Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
El contrato es del año 2.007. duración un año, y "el contrato quedar´prorrogado tácitamente si el arrendador no se manifiesta en contra con al menos 1 mes de antelacióna la fecha de finalización del contrato. En cualquier caso, la prórroga operará has ta un máximo de cinco años...."
No nos hemos dado cuenta ni los inquilinos ni yo y han seguido cumpliendo con todo el clausulado del contrato, ¿ puede seguier así o hay que hacer nuevo contrato?
Hola Maria:
Aunque coincido con las respuestas anteriores, le sugiero que un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos revise su contrato para determinar la duración de cada una de las prórrogas de la tácita reconducción.
reciba un cordial saludo.
MARIA P REY se titula vd inquilino, en la situación que relata a quien menos le interesa mantenerla es al inquilino, pero como parece que en realidad es vd la casera habría que decir que esa situación le permite dar por terminado ese contrato avisando con treinta días.
De todas formas coincido con mi compañero León en la conveniencia de regularizar esa situación.
En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
MARIA P REY: poder, poder, pueden seguir, ya que el contrato se prorrogará automáticamente por tácita reconducción.
Pero lo lógico y razonable es que hablen y regularicen la situación.