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hola. tengo un inquilino en un piso que ha estado desde el 17 de enero de 2014 hasta el 17 de enero de 2015. Yo le dije de palabra que no le iba a renovar y por tanto, debía de marcharse. Él se ha negado dejar el piso porque quiere permanecer hasta mayo de 2015. para no complicarme, acordamos otro contrato (desde el 1 de febrero hasta el 17 de mayo)
Debo notificarle la no renovación del contrato o no es necesario debido a la corta duración de este contrato? En caso afirmativo, qué tipo de medio debo utilizar (burofax, certificado...)?
Masivo2 sin perjuicio de las acertadas consideraciones de Piscis me parece que no ha leido el DECALOGO DEL CASERO. y pienso que le vendrá bien para su futuro cmo arrendador.
muchas gracias, Piscis. Entonces para que un contrato tenga la duración propuesta debería abarcar menos de un año?
gracias, Oscar. pero no entiendo esto de "hasta enero de 2018". por que esto quiere decir que si el inquilino deja la vivienda en mayo, como me ha prometido, y se queda vacía y al mes entra otra vez porque se ha llevado una copia de la llave, en este caso tiene derecho a actuar así, con la obligación única de ponerse al día en el pago, no?