Fernando aunque haya firmado que dejará visitar su piso, no está obligado a hacerlo la protección constitucional y penal a la morada de los ciudadanos le permite negarse a que nadie entre en su vivienda sin su permiso; con esa premisa dificilmente venderán su piso "a ciegas".
Por otra parte, si no ha renunciado expresamente, vd tiene derecho de adquisición preferente en caso de venta de su vivienda, tanteo y retracto.
Si a pesar de todo se vende ese inmueble, el comprador tiene derecho a desconocer el contrato de alquiler y debe darle dos meses para que abandone la vivienda.
Pedro Hernández Olmo, abogado