Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Azarkiel

casero/a

¿Es cierto que en el 2015 vencen todos los contratos de alquiler indefinidos, incluso los firmados entre 1985 y 1994?

Me refiero a los contratos firmados despues de la ley Boyer pero antes de la LAU del 1994. Tanto para locales comerciales como para viviendas.

  • Preguntado por: Azarkiel
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (13)
mejuto ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Azarkiel

    casero/a

     

    Me he complicado la vida, lo he leido y lo he encontrado muy interesante.

    De todos modos, si el arrendatario es una persona susceptible de morir, un contrato hasta la muerte del arrendatario, no deja de ser un contrato limitado en el tiempo.

     

    • Respondido por: Azarkiel
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Efectivamente un "contrato Boyer" puede sujetarse a la prórroga forzosa.

    Sin embargo si quiere complicarse la vida  puede leer esto: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/11/la-duracion-de-los-arrendamientos.html

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Azarkiel

    casero/a

    Muchas gracias a todos.

    La conclusión que saco es que la respuesta a la pregunta inicial es que no es cierto. El caso en concreto que me interesaba es de un contrato de arrendamiento de vivienda firmado en el 92 con clausula de prorroga forzosa. Que por lo que he entendido, en el 2015, continuará siendo igual de válido que ahora.

    Y perdona PHOLMO pero no había visto tu primera respuesta y al leer directamente la segunda no sabía a que venía.

    • Respondido por: Azarkiel
    • Hace 14 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Azarkiel:

     

    1º) Los contratos de arrendamiento, tanto de vivienda como de local de negocio, celebrados entre el 9-5-1985 y 31-12-1994 se regulan por la Disposiicón Transitoria 1º y por la LAU 1964.

     

    2º) Los contratos de arrendamiento de vivienda anteriores al 9-5-1985 se regulan por la Disposición Transitoria 2º y por la LAU 1964.

     

    3º) Los contratos de arrendamiento de local de negocio anteriores al 9-5-1985 se regulan por la Disposición Transitoria 3º y por la LAU 1964.

     

    Por lo tanto, la respuesta a su pregunta depende la fecha de celebración del contrato, de si es de vivienda o de local de negocio y la casuística propia del propio contrato(nº de subrogaciones, renta, traspasos,etc..)

     

    Reciba un cordial saludo

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Azarkiel, el comentario de PHOLMO no iba por ti.

    :-)

  • Azarkiel

    casero/a

    Gracias Amparo. Entiendo, por lo que dice la disposición transitoria tercera, que esto de los 20 años solo afecta a los locales comerciales de antes del 1985 y traspasados despues del 94. Pero no a las viviendas, ni a los contratos firmados después del 85. Si algún profesional como PHOLMO me lo pudiera confirmar se lo agradecería.

    • Respondido por: Azarkiel
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pues busque en la LAU la Disposición transitoria tercera. Contratos de arrendamiento de local de negocio, celebrados antes del 9 de mayo de 1985

     

  • Azarkiel

    casero/a

    No si yo no dopgmatizo solo pregunto. Porqué he estado leyendome la ley y no lo he encontrado por ningún lado. Pero me lo comento todo convencido un administrador de fincas.

    • Respondido por: Azarkiel
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Resulta chocante que quien no ha leido la Ley de Arrendamientos Urbanos se atreva a dogmatizar sobre ella.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    Donde se publicó? Lo cierto es que es la primera vez que escucho algo así

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ante todo conviene advertir que no existen contratos de arrendamiento de duración indefinida, ello va contra la temporalidad requisito esencial de un arrendamiento. Lo que existen son arrendamientos en los que el arrendatario goza de prórroga a su favor forzosa para el arrendador.

    El llamado Decreto Boyer lo que hizo fue suprimir la obligatoriedad de esa prórroga por lo tanto para saber la situación hay que examinar cada contrato pactado durante el perioso de vigencia del Decreto Boyer.

    PHOLMO

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Azarkiel

    casero/a

    Es algo a proposito de un plazo de 20 años después de publicarse la ley del 94. Que se publicó el 1 de enero del 95.

    • Respondido por: Azarkiel
    • Hace 14 años
  • mejuto

    inquilino/a

    De donde lo ha sacado?

    • Respondido por: mejuto
    • Hace 14 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas