Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Vivimos en un bloque destinado al alquiler, ultimamente han dejado el piso varios inquilinos y el arrendador nos ha subido la comunidad ya que la reparte entre los pisos ocupados.
Completando la respuesta de Crazyh puede 'negarse a pagar' esa caprichosa cuota de Comunida inexistente pero con precaución, es decir continuar pagando el alquiler exclusivamente y si no se lo admiten consignándolo en el Juzgado, no se arriesgue a un deahucio por falta de pago.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
Pues la comunidad no se "reparte".
Para estar obligado al pago de la comunidad, ésta debe estar indicada en el contrato, y además especificar el importe a pagar.
Pero aparte, si solo hay un propietario, no puede haber gastos de comunidad, pues no hay comunidad.
Así que puedes negarte al pago