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Nos han regalado un perro y en una de las cláusulas del contrato especifica que queda prohibida la tenencia de animales, hasta ahí todo claro, ¿pero se pueden quedar con la fianza por el incumplimiento de dicha cláusula del contrato? desde luego el perro no lo vamos a abandonar.
Esta pregunta es del año pasado, ¿ Porque sale ahora ?
Yo soy arrendataria, y a mitad de contrato me adueñe de un gatito. (El suelo era de gres). Al cambiar de piso de alquiler tube muy en cuenta que no tubiera parquet, para no ocasionar daños involuntarios por parte de mi mascota. Entiendo que la clausula de animales esta porque hay gente que no es responsable de estos, igual que no tiene en cuenta estos detalles, por eso entiendo que hayan propietarios que no quieran tener mascotas en según que piso. Un saludo a todos