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Tengo una duda sobre la duración y resolucion de mi contrato que es un poco contradictorio, la clausula dice lo siguiente:
El plazo de duracion de este contrato es de CINO AÑOS, a contar desde el ortogamiento del presente contrato, prorrogable de mutuo acuerdo, a voluntad de la arrendataria por periodos anuales sucesivos hasta un periodo de cinco años en total, conforme al regimen previsto en el articulo 9 de la LAU.
Una vez transcurrido este plazo de cinco años, si ninguna de las partes notificará a la otra...
Entonces mi pregunta es ¿Tengo que quedarme por obligacion en el piso durante 5 años o puedo irme cada año antes de llegar a la fecha de vencimiento del contrato? En caso que me tenga que quedar esos 5 años tendria que pagar una indemnizacion si me voy antes o solo se podria quedarse el casero con la fianza? Llevo ahora en junio dos años viviendo en este piso.
Como no te lo cambie si que estaras obligado a estar 5 años. Imagino que el contrato estará firmado, y si tu quieres rescindirlo, puedes salir muy perjudicado. Hay que leer lo que se firma...
Es un contrato mal redactado, de los de copiar y pegar sacado de internet y que, como siempre, solo trae probelas.
habla con tu caseropara modificar de mutuo acuerdo la duracion pacatada y dejarla en un año, que es lo que supongo sequiso hacer desde un principio.
lo demas es un calco de la lau
pedro Martinez
Abogado
5001@Icagr. Es