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Vivo en la última planta. La administradora de la finca me ha respondido esto:
Respecto al terrado lo siento pero no os puedo facilitar el acceso. Son las normas. Es un problema que tengáis unas llaves porque entonces no se las puedo negar a los demás inquilinos. El terrado no es privativo. Lo siento.
Después de lo sucedido la última vez (terrado lleno de muebles y plantas) Berta (la dueña) dio instrucciones precisas que debía permanecer cerrado siempre, sólo accesible para temas de antena. Todos los terrados tienen éste régimen jurídico a no ser que uno tenga un ático con su terraza privada. (yo tampoco puedo subir en mi casa).
pero a nivel de normativa de incendios, la terraza es un espacio seguro al que salir en caso de incendio.
es decir si se produce un incendio en el segundo piso, el fuego, subiria hacia arriba y la unica via de escape que hay es la terraza,pero como la propietaria lo cerro, tendria que morir en llamas....me parece un escandalo. como se puede revisar que cumplan la normativa de incendios , minimamente en edificios antiguos¿ a quien se puede reclamar?
No tengo muy clara la pregunta. Si en el contrato de alquiler no figura nada en ese sentido, si la terraza es de uso y propiedad comunitaria, y si los inquilinos pagan los gastos comuntarios; obviamente tendrán derecho a hacer uso de dicha cubierta.
Saludos cordiales.
El terrado es privativo de los propietarios, y ellos pueden limitar el uso. Hay escaleras en que los niños suben a jugara a la terraza, dan golpes y provocan goteras. Y hay gente que sube los perros para que hagan sus necesidades. La comunidad puede limitar el uso si así lo decide.