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cesar de santos

casero/a

Hace dos meses hize un contrato de arrendamiento para alquiler de una vivienda por un tiempo de once meses

el inquilino ahora quiere marcharse por problemas familiares.

Es necesaria la firma de un notario para la validez del contrato o es valida la firma de ambas partes?

¿Qué cantidad debe abonarme ? qué pasa con el mes de fianza? cuándo tengo que declarar el alquiler, en la próxima declaración de la renta?

  • Preguntado por: cesar de santos
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si el inquilino pretende desistir anticipadamente del contrato vd. tiene derecho a indemnización, el importe de la misma deberán acordarlo o acudir al Juez.

    La fianza puede formar parte de esa indemnización.

    En su declaración de >IRPF debe consignaer el alquiler percibido menos lo sgastos deducibles y la reducción procednte.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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