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Se firmó el contrato de alquiler el dia 13.10.12 pero con vigencia a partir del 01.11.12. Dejé las tres copias firmadas en la gestoria porqué el inquilino llegaba tarde y yo tenía prisa y quedé con ellos en recogerlo todo (contrato y fianza) más tarde. La gestoria era la depositaria de la fianza, cantidad que yo nunca he llegado a percibir. Ese mismo día le comunicaron a mi hijo que debía dejar su piso también de alquiler y entonces pasé por la gestoria para anularlo todo. El inquilino ya había firmado el contrato, y por teléfono le comuniqué mi intención de anularlo pidiéndole disculpas y explicándole cual era la solución. El se resiste y ahora me quiere demandar. En ningún momento me ha propuesto ninguna solución, ni cual son sus intenciones, solo me ha dicho que le llamará su abogado.
Puede acceder al piso el dia 1 de noviembre?
A que me expongo si me demanda?
Esto tiene fácil solución. Que tu hijo alquile una vivienda con el dinero que percibirás tú del alquiler
Desgraciadamente para ti el contrato esta en vigor desde la fecha de la firma, aunque la puesta a disposición sea posterior. Y al parecer aunque no hayas cobrado, el inquilino debe tener su recibo de fianza o debe haberse reflejado el contrato el pago de la misma.
Efectivamente puede exigirte el cumplimiento de lo pactado.
Si no hay una clausula de necesidad pactada en el contrato plantéate que tu hijo se busque otra cosa.
Pedro Martinez
Abogado