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Juan

inquilino/a

Desistimiento de contrato antes de tiempo
Buenos días,
Con nuestro casero hicimos un contrato de alquiler de vivienda habitual de once meses. Según este contrato, si nos íbamos antes de tiempo, teníamos que pagar una fianza equivalente a un mes.
Nuestra duda consiste en que nos fuimos cuatro meses antes del fin de contrato (ya llevábamos 7 meses, más otro año de un contrato anterior). Les habíamos avisado con más de 30 días de antelación.
Según la Ley de Arrendamiento Urbano, art. 11,
"El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez
que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique
al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes
podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el
arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad
equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del
contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año
darán lugar a la parte proporcional de la indemnización."

Entiendo con esto que el contrato era "ilegal", es decir, que el arrendador nos debería exigir el pago de la parte proporcional de lo que nos quedaba del contrato (vamos, menos de la mitad de la mensualidad). ¿En estos casos que prevalece? ¿La ley o lo que consta en contrato?
Gracias.



  • Preguntado por: Juan
  • Hace 7 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    https://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/desistimiento-de-contrato_87121.html
    aquí la tienes contestada.
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