Debe tener claro que si el inmueble constituye su vivienda habitual tiene derecho a prórroga de cinco años, haya firmado lo que haya firmado, le guste o no su caracter a la dueña, lea en mi blog lo referente a arrendamiento de vivienda:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/01/diccionario-jurdico-del-alquiler_19.html