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Hola, hace 4 años que estamos de alquiler de un contrato de 5, nos queremos ir pero hemos descubierto que hay un clausa que pone que solo lo podemos abandonar una vez al año, es legal esta cláusula?. Según la agencia nos podrian penalizar solicitando los alquileres pendientes hasta hacer el año que es en enero del 2011, o si el propietario lo prefiere quedarse con la paga y señal que dimos. Que derecho tienen para hacer eso? Es legal esa clausula? La razon por la que nos cambiamos es porque el alquiler es muy elevado y antes de no poder pagar preferimos irnos.
Ya, pero además de preavisar, el PLAZO estipulado en el contrato también hay que cumplirlo.
Es decir, el preaviso con cierta antelación, debe hacerse con respecto al vencimiento del contrato, no a cuando al inquilino le venga bien irse...
Saludos - Papeleos Alquiler
No quereremos inclumpir nada..... ya que todo el mundo sabe las consecuencias. Y por la misma razon hemos avisado con un mes y medio de antelación.
El incumplir el contrato es lo que NO ES LEGAL.
Del mismo modo que el arrendador no podría pedirle a usted que se fuera antes de esa fecha, a la inversa, funciona igual.
Si su situación económica ha ido a peor, están desempleados o cobran menos que tiempo atrás, y realmente no van a poder pagar la renta, es algo que deben demostrar al arrendador (intenten pasar de la agencia) y llegar con él a un acuerdo para evitar que les demande por incumplimiento, e incluso que se quede con la fianza a cambio de no demandarles.
Lo mejor sería que colaborasen con él para buscar otro inquilino, permitiéndole mostrar el piso aún viviendo ustedes en él.
Si le explican su situación económica, le muestran que el piso está en perfectas condiciones de conservación y limpieza, y, colaboran en encontrar a otro inquilino del agrado del casero, no creo que tengan ningún problema.
Saludos - Papeleos Alquiler