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¿puedo hacer antes de que finalice el plazo de presentación de la declaración una autoliquidación complementaria?
Efectivamente está dentro delplazo para rectificar la declaración tantas veces como lo considere oportuno,haciendolo constar y que esta anula a la anterior.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).