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El piso donde actualmente vivimos, en Barcelona, ha sido adquirido por un nuevo propietario, pasando de agencia a particular. Tenemos derecho a pedir una actualizacion de las condiciones del contrato? Las viejas condiciones preveen una subida anual de la renta de un 10% y un deposito de 5 meses.
Anualmente solo se le puede subir el ipc, nunca mas., por mucho q ponga en su contrato eso, ya q va contra la propia ley,q prevalece en el ordenamiento juridico sobre un contrato
Si se trata de arrendamiento de vivienda sujeto a lau, esas condiciones son nulas por contradecir a la lau en perjuicio del inquilino, pues según ésta, durante los primeros 5 años de contrato, la renta solo puede actualizarse aplicando el ipcgn.
lo del depósito es perfectamente legal.
respecto a su pregunta. El nuevo propietario solo tiene que respetar el contrato que hubiera. En ningún caso está obligado a hacer otro nuevo. Pero pueden hacerlo - por su puesto - si ambas partes así lo acuerdan.
saludos - Papeleos Alquiler.