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luis 2011

inquilino/a

Dejo un piso en alquiler y no me devuelven la fianza hasta trascurrido un mes.
  1. ¿Como puedo demostrar que el piso queda en perfecto estado de limpieza y sin daños para que no descuenten nada de la fianza?
  2. ¿Que medidas legales debería emprender si no me devuelven el 100% de la fianza?
  3. ¿Es legal que no devuelva la fianza hasta un mes después de que el inquilino deje el piso aunque lo ponga en el contrato?
  • Preguntado por: luis 2011
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Marta26 ha sido el primero en contestar
  • luis 2011

    inquilino/a

    Muchas gracias. Si no se cálcula el coste de los suministros eléctricos en el momento de la firma del documento de fin de contrato. ¿Como se hace para calcular lo que se debe de devolver de la fianza? 

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Luis:

    1º) en ese caso debería enviar un burofax con acuse de recibo a su exarrendador infomándole que las llaves de la vivienda serán depositadas judicialmente o en la Notaría del Iluesre Notario sr x, dirección. Y nº de teléfono.

    2º) Leer los contadors y cambiar la titularidad de los suministros sí es una buena idea. Calcular el coste y descontarlo unilateralmente de la fianza no.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

     

  • luis 2011

    inquilino/a

    Gracias Marta me ha resultado muy útil tu respuesta.

    Me han surgido otras dudas:

    1. Si se negaran a firmar el documento de cancelación de contrato. ¿Que medidas debería emprender.

    2. Relativo a los recibos, si están a mi nombre. ¿Sería suficiente leer contadores, cálcular el coste, descontarlo de la fianza y recharzar el pago de los futuros recibos si llegarán?

  • Marta26

    casero/a

    Vamos por partes:

    1. A la finalización del contrato se tiene que firmar el documento de fin de contrato en donde se hace constar el estado del piso y lo que se te descontará de la fianza
    2. Si no te la devuelve deberás reclamarsela por burofax y si no te la devuelve tienes que demandarla
    3. Es legal y de hecho es lo que estipula la normativa, que tenemos 30 días para devolver la fianza, ya que si hemos depositado la fianza en el organismo competente este tarda en devolverla, y así nos da tiempo a que nos lleguen los recibos de los suministros que han quedado pendientes de pagar, ya que se pagan a mes vencido.
    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
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