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Saludos a todos.
Vivienda de propiedad en la que la dueña alquila una habitación a un tercero.
Firmaron 11 meses (duración del Master + vacaciones), pero el tercero quiere irse a los 3 meses (avisando con 20 dias, de voz, pues no le ha convencido el Master).
Desconozco la ley cuando se trata de habitaciones, pero; es válida la postura?
Le puede exigir algo por irse a medio año (ni que decir tiene que encontrar otro estudiante a mediados de diciembre es bastante complicado).
Atentamente,
Pablo.
Muchisimas gracias, Pedro, queda Cristalino.
A ver si se soluciona por la via "pacífica".
Saludos,
Pablo.
Los contratos tiene fuerza de ley entre las partes, en este caso independientemente de que se trate o no de un contrato regido por la LAU, es evidente que una de las partes pretende dejarlo incumplido por lo tanto deberá responder indemnizando a la parte que está dispuesta a cumplirlo. El importe de esa indemnizacion, las rentas que queden por satisfacer, puede ser objeto de transacción o acudir al Juzgado para que lo determine.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Ok, ya se que no lo regula la LAU.
El contrato es bimensual hasta 11 meses por estudios.
Hoy la inquilina ha dicho claramente que no piensa pagar el mes de diciembre.
Que podriamos / Deberiamos hacer??
Saludos,
Pablo.
Hay que atenerse al contrato. Si es a un estudiante cse figurará en el contrato donde es su vivienda habitual pues si no fuera así, lo seria esta y podría estar 5 años. El alquiler de habitaciones se acoge a lo que figuren ambos en el contrato y en lo no contemplado en éste, por el C. Civil.
No está regulado por la L.A.U. saludos,