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rodaiva

inquilino/a

Llevamos 2 meses de 1 año de contrato y tenemos muchos defectos en el piso ¿nos han estafado?
Creemos que nos han estafado, porque han aparecido muchos defectos en el piso (goteras, humedades, cableado electrico en mal estado, etc...), necesitamos irnos de la vivienda. ¿tenemos opción de extiguir el contrato o tenemos que aguantar las obras de reparación? Entendemos que el piso no estaba en condiciones de habitabilidad y por lo tanto de alquiler. Muchas gracias.
  • Preguntado por: rodaiva
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
AnaLl ha sido el primero en contestar
  • rodaiva

    inquilino/a

    Gracias AnaLl, el caso es que llevados ya 2 meses y medio de alquiler y habiendo pasado muchas penurias, es más el sentimiento de que nos han estafado. Porque entendemos que la agencia que ha cobrado un buen pico, tenía que conocer el estado de la vivienda que ofrecía. Y hay goteras y humedades que todavía no han arreglado. Entonces nos queremos ir y si procede pedir responsabiblidades a la agencía. Pero tenemos miedo de que nos hagan pagar los 9 meses que restan y que encima se queden las dos fianzas. ¿Conoces algún caso igual?.
    • Respondido por: rodaiva
    • Hace 15 años
  • AnaLl

    profesional

    Si os entregaron el piso en esas condiciones creo que podéis argumentar que no os entregaron el piso en perfectas condiciones de habitabilidad y, por tanto, para servir de vivienda habitual para vosotros como inquilinos. Al no poder hacer uso de la vivienda podéis cancelar el contrato.

    No obstante, para poder hacer esto el piso debe estar en verdaderas malas condiciones. Lo te aconsejo es que pidas por escrito todas las reparaciones que mencionas y si el casero no las hace, entonces puedes utilizar el artículo 27.3.A de la LAU de 1994 como argumento para dejar la vivienda. Este es el artículo que te menciono: "Del mismo modo, el arrendatario podrá resolver el contrato por las siguientes causas: a. La no realización por el arrendador de las reparaciones a que se refiere al artículo 21."
    • Respondido por: AnaLl
    • Hace 15 años
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