Voy a extinguir un contrato de alquiler de un local, ¿Tengo derecho a que no me cobren el aval y me devuelvan la fianza?
Tengo un contrato de alquiler de un local por 3 años. He cumplido religiosamente con los pagos, pero dada la situación económica, el negocio no me es rentable y voy a tener que cerrar. No llevo ni un año, pero no sé si me cobrarán el aval y la fianza por no cumplir el contrato de 3 años. Si tuviera derecho a que no me los cobren, qué procedimiento debería seguir. Gracias!
Si el contrato tiene una duración de tres años, el arrendatario está obligado a cumplir los tres años, o bien llegar a un acuerdo de resolución con el arrendador o encontrar sin necesidad de consentimiento del arrendador un tercero interesado a quien ceder el contrato o subarrendar el local en los términos del artículo 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Si no ocurre ninguna de estas tres posibilidades, el aval y la fianza responderán del incumplimiento.
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