¿Debo de ir a pagar físicamente a la compañía de agua y al ayuntamiento?
Hola, vivo de alquiler y mi casero me exige que seamos nosotros los que le llamemos para informarnos si hay recibos de agua y luz que pagar y que vayamos físicamente a la inmobiliaría a buscarlos y que seamos nosotros los que vayamos a pagarlos a la compañía del agua y al ayuntamiento!! en el contrato no se especifica forma de pago, es esto legal? sino cuál es la función de la inmobiliaria? muchas gracias por anticipado.
Ramon, el problema es que erbeni69 da a entender que el casero no quiere ni realizar un cambio de titular, que sería lo mas normal, ni de realizar una domiciliación en su cuenta.
La verdad, y lo digo porque yo me he topado con algún casero así, esto es un engorro para inquilino y casero, yo no se porque tanta insistencia de algunos de no cambiar la titularidad si solo puede traer ventajas al casero...
Reitero lo que ya te han dicho: debes domiciliar los recibos de suministros en tu cuenta y liberar totalmente al casero de ese tema.
Te contesto por lo de las inmobiliarias. Y me extrañará mucho que no te conteste alguna de ellas.
¿De verdad crees que es obligación de las inmobiliarias, durante toda la duración del alquiiler, ir a recoger los recibos de suministros de cada una de las fincas en cuya contratación hayan intervenido, para ir a ver si encuentran al inquilino en su casa y le viene bien pagarlo en ese momento?
Si lo fuera, casi seguro que las inmobiliarias subcontratarían los servicios del "Hombre del Frac".
En mi opinión, los suministros de la vivienda debe contratarlos, disfrutarlos y pagarlos el que los va a consumir: el inquilino. Se puede ahorrar trámites si ya están contratados, cambiando la domiciliación de pago pero, enredar con eso a casero e inmobiliaria, es "embolicar" sin pies ni cabeza.
Legal es, ya que ustedes pueden acordar la forma del pago de los suministros, pero igual de legal es que él se los facilite antes del pago y ustedes sean los que se lo paguen a él.
Indíquele mediante burofax que no volverá a pagarle ningún recibo sin que se haya presentado de forma fehaciente la factura (envio de burofax) e ínstele, si lo cree conveniente, a realizar un cambio de titularidad de los suministros para tener usted la libertad de elegir forma de pago y suministrador.
No pague nunca un recibo sin ver la correspondiente factura y/o recibir justificante de ese pago.
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