Jordi, en un alquiler de vivienda, para repercutir al inquilino los gastos de Comunidad debe figurar esa cláusula en el contrato y ademas el montante anual de esos gastos, si no es así la cláusula es nula, hable con la administración del inmueble, no con la inmobilaria. Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono:
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