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Tengo entendido que aunque pongas un año de vigencia del contrato, se renueva automáticamente si el arrendatario quiere hasta cinco, entonces es de mucha importancia la fecha que se ponga? y si cumplido un año como propietario quieres rescindir, no será mejor no haber puesto cinco?
Gracias
Hola spider:
como complemento a la acertada respuesta de la Sra Amparobb le sigiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Como propietario. No puedes opinar hasta el 5º año del contrato.
si haces un contrato de año en año, el inquilino pude decidir en cada anualidad si marcharse o si seguir por otra anualidad.
si haces un contrato de 5 años, el inquilino también debe cumplir los 5 años, si se fuera antes podría exigirsele una indemnización.
pero vamos que el casero, salvo que lo necesite para vivir él o un familiar de primer grado - cosa que debe indicar en el contrato así como el motivo por el cual podría necesitarlo - tendrá que esperar 5 años si el inquilino lo desea.
saludos - Papeleos Alquiler.