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Hola todos y gracias de antemano por vuestras seguro que buenas respuestas.
Os copio lo que dice mi contrato dirmado en octubfe de 2012, antes de que se reformara la LAU:
"El arrendador cede en arrendamiento a mi, el suo de la vivienda antes descrita, durante el plazo mínimo de un año y máximo de tres, a contra desde la formalización de este contrato, es decir, desde el 4 de octubre de 2012 al 4 de octubre de 2015."
sin embargo la LAU en esas fechas decía"
Artículo 9. Plazo mínimo.
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo."
Puedo estar hasta 2017 si quiero?gracias