Buenos días,
Coincido con las respuestas de mi compañero JAN.
Si el contrato es anterior a la reforma, esa cláusula tiene que estar expresamente prevista en el contrato de arrendamiento.
En cuanto al momento del ejercicio, yo me decanto, al igual que JAN, que únicamente puede hacerse uso en el momento de aplicación de la prórroga, puesto que se trata de una "facultad de exclusión de la prórroga" y no de una "facultad de desistimiento".
Un saludo,
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