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El contrato de la luz está nombre del arrendatario, cuando le llega la factura a éste, ¿Puede abrir la carta cuando le llega a su domicilio, antes de ir a cobrársela a los inquilinos?
Hay un montón de cosas que no entiendo de esta pregunta.
Si el contrato está a nombre del inquilino, la carta debería llegar a casa del inquilino, no?
Si es así, por qué la coge el casero en vez del arrendatario? Por qué, si llega al domicilio del inquilino ( arrendatario) se la tienen que llevar ?