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Moreno

inquilino/a

Contrato de un local de negocio
El día 1 de enero vence el contrato de alquiler del local de mi negocio. Este contrato era por cinco años. Venia teniéndolo arrendado desde el año 2002.  Ese mismo día o siguientes,   i   por causa de jubilación   tengo la posibilidad de firmar un contrato de venta de la actividad que he venido haciendo desde 2002.  Si la propiedad del local se pone de acuerdo con el comprador de mi negocio para arrendarle el local, ¿tiene derecho a cobrarme a mi una cantidad por el traspaso?.  No ha habido comunicación escrita por ninguna de las partes sobre la prórroga del contrato o su extinción.

  • Preguntado por: Moreno
  • Hace 8 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Moreno para ampliar mi respuesta quizá le vendría bien leer este enlace:
    ¿Es aconsejable hoy coger un traspaso?
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Lo siento pero de nuevo tengo que puntualizar la respuesta de Piscis. Moreno vd no traspasa ningún local, no puede hacerlo, en primer lugar porque conforme a la actual ley de arrendamientos el traspaso no existe, y en segundo lugar porque, lo que podría hacer, ceder su contrato, tampoco puede hacerlo porque está exintiguido.
    En tal sentido hay una vía, puede vd negociar con su casero un nuevo contrato con una duración prolongada, sin renunciar el derecho de cesión, y entonces si que podrá ceder su contrato y vender su negocio, sin que el casero tenga derecho a percepción alguna sobre ese precio de venta.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,
    Debes conseguir primero que acepte el arrendador a la persona que traspasas el local, seguramente al nuevo propietario le interese seguir en la misma ubicación.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Moreno por lo que dice su contrato de alquiler está prácticamente extinguido en cuanto a su duración por lo tanto, omo señala Piscis, deben establecer un pacto tripartito en el que Vd. Ofrece su negocio, instalaciones y clientes, el casero el local y el interesado sus condiciones de oferta. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Este contrato, entrará en tácita reconducción a lo máximo por un año y no creo que al interesado en el traspaso, le pueda convenir tan corto espacio de tiempo para seguir explotando tu negocio, como mínimo pedirá cinco años, por lo que os conviene a los tres, sentaros a negociar. 
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