Hola quería exponer mi caso y me aclaran algunas dudas, vivo en un piso de alquiler y el contrato esta a nombre de dos personas. La otra parte quiere rescindir contrato al haber cumplido los seis meses obligatorios, la única solución que dan en la inmobiliaria es hacerme un contrato sólo para mi asumiendo los gastos yo. Recientemente me quede en paro y tengo más de un año. Mis dudas son, no se podría hacer un anexo o cláusula específica que eliminara a esta persona del contrato y así no constar para futuros acontecimientos. Creen que debo pagarlo yo el nuevo contrato o debe hacerse cargo la persona que quiere salir. Tengo miedo que al ver que no tengo nómina se nieguen y quieran hecharme aún teniendo todo pagado al día sin ninguna queja nunca. Gracias un saludo.
Buenos días, En principio, al ser frecuente la solidaridad tácita (incluso puede que en su contrato lo ponga específicamente), no estaría permitido el desistimiento unilateral del contrato de arrendamiento por parte de uno de los coarrendatarios. Por lo que la baja de uno supondría la resolución del contrato puesto que no se permite la cesión sin consentimiento del arrendador (artículo 8 de la LAU 94). Puede probar a proponer el anexo al contrato, aceptándose por el arrendador la renuncia de uno de los arrendatarios y quedando sólo usted...pero todo eso dependería de la voluntad del propietario. Espero haberle podido ser de ayuda.
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