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vivo en un tercer piso y tengo contrato por un año ya llevo 7 meses habitando en este, pero quede en embarazo y eso me esta afectandotengo 5 meses de embarazo, que puedo hacer, necesito cambiarme de apto pero no se si pueda debido al contrato que ya firme, que me aconsejan.
att mariana muñoz
Fmg, así parece ser q es como lo entiendes tú.
Un arrendatario puede resolver el contrato a finalización del mismo con preavisar 30 días antes de esa fecha. Y así lo entienden los jueces tb.
Si el casero se negase voluntariamente a acceder a esa resolución, hay soluciones, y terminan con el casero pagando por todos lados, al igual que si un inquilino deja de pagar la renta.
Como bien ya te han dicho has de cumplir lo firmado, y si te vas antes tendrás una penalización, pactada o no. En este caso el casero te podrá decir que ya sabías que vivías en un 3º (me imagino que sin ascensor, esa tu razón?) y tu decisión de quedar embarazada ha sido solo tuya y el no tendrá porqué asumir los costes de esa decisión.
Ahora, según varias opiniones de por aquí, un contrato de alquiler es como una condena, ya que aún cuando llegue el fin del contrato natural del año si el propietario se niega a atender tu voluntad de no renovación lo tienes mal y te verás atada durante mucho tiempo. Vamos, que es como una cadena que solo la puede deshacer un juez. Cosa que jamás entenderé ya que los contratos tienen una fecha clara de inicio y de finalización, y a nadie se le puede obligar a renovar contra su volutad ni necesidad de acudir a los tribunales.
Pero como digo, eso es lo que parece que dice la ley. O mejor dicho, así es como parece ser algunos jueces, abogados, etc. entienden e interpretan la ley.
¿tienes alguna cláusula en tu contrato que te permita abandonar la vivienda dando un preaviso? Si es así, copiala aquí porque puede que haya solución.
Si no consigues llegar a un acuerdo con el propietario para poder resolver el contrato sin que te obligue a cumplir el mismo, entiendo que el plazo mínimo deberás cumplirlo o exponerte a que no te devulevan la fianza y perder dinero con ello.
Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado conviene recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
Hola,
Lo primero le recomiendo que hable con el casero y le exponga el caso. Tal vez lleguen a un acuerdo razonable.
legalmente ha de respetar lo pactado en cuanto a permanencia.
le recomiendo esa lectura:
http://blog.enalquiler.com/2012/el-alquiler-en-los-tribunales/dejar-piso-alquiler-antes-de-tiempo/
suerte!