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El local no tiene cedula de habitabilidad ni contador de luz, ya que la luz se la suministra el local de al lado con un contador privado.
Hola Carlos:
Coincido con la respuesta de mi compañero PHOMO. Añadir que, además, deberá modificar el uso en el Catastro.
Reciba un cordial saludo
Si lo va a alquilar como vivienda después de comprarlo, antes debe subsanar esa dificultad, obtener la cedula de habitabilidad y el suministro individual de electricidad.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.