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Nanaou

inquilino/a

Si hago un contrato de un año, ¿éste se renueva automáticamente hasta 5 si nadie lo rescinde antes?

De ser así, ¿estaría obligada a cumplir los 4 restantes o puedo marcharme cuando quiera siempre que avise con dos meses de antelación?

  • Preguntado por: Nanaou
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (6)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Paolo_x ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Nanaou, 

     

    Yo le diria a la agencia, que cuando haya que renovar ya les pagará un mes entero; o sea, nunca.

     

    igual cuela, porque parecen bastante justitos.

     

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • Nanaou

    inquilino/a

    Gracias!  

    Es que soy la misma que ayer pregunté lo del costo del 5% anual de la agencia, pero con todo lo que he aprendido hoy, ya no tengo ninguna duda y mañana, antes de firmar el contrato, podré rebatirle todas las razones que me dé la agencia para querer cobrarnos ese 5% adicional para, supuestamente, renovar el contrato cada año.

    muchísimas gracias por su ayuda!  

    • Respondido por: Nanaou
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Le reitero que lea el Decálogo del Inquilino, contesto a su spreguntas:

    si firman por cinco años está en la obligación de permanecer cinco años o indemnizar si se quiere marchar antes.

    si firman por un año tiene derecho a prórroga anual hasta llegar a cinco y el casero está obligado a ello.

    siempre se habla de años completos es decir de fecha a fecha.

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    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Nanaou

    inquilino/a

    Gracias por sus rápidas respuestas pholmo y Daniel Ruso


    acabo de leer al lau y entiendo que pasado el primer año, no estoy obligada a quedarme cuatro más, ¿o sí? Tampoco debo renovar año a año, ya que si no hago nada se renueva automáticamente ¿No? Es que he leido que si no se cumplen los 5 años, se debe indemnizar al arrendador con un mes por año que falte para los 5. No lo entiendo, si es renovable año a año.

    otra duda ¿Siempre tengo que cumplir los años completos? Por ejemplo, si entro el 1 de abril, ¿Cada año acabará el 31 de marzo?  

    • Respondido por: Nanaou
    • Hace 12 años
  • Daniel Ruso

    inquilino/a

    hola

    El contrato se renueva por anualidades a no ser que como minimo con un mes de antelación de cada cumpleaños del alquiler usted notifique la rescisión del contrato y por supuesto siempre y cuando usted cumpla con sus obligaciones.

     Saludos

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La duración de los contratos será la que libremente acuerden los interesados, no obstanete el inquilino tiene derecho irrenunciable a prorrogar el arrendamiento de su vivienda hasta cumplir cinco años, esto quiere decir que sie la duracion pactada es de un año,  puede darlo por terminado en cada anualidad preavisando con un mes de anticipación.

    Si va a alquilar una vivienda le conviene leer el DECALOGO DEL INQUILINO.

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    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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