1.- Ese arrendamiento está sujeto a IVA, a IRPF están todos.
2.- Tendrá que hacer un recibo mensual con IVA y retención, a nombre de la empresa.
3.- Sí.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.