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Estoy negociando mi contrato de alquiler, y en él pone:
"Durante el primer año de vigencia del presente contrato serán por cuenta del arrendador las averías derivadas del uso normal que se produzcan en los aparatos electrodomésticos.Transcurrido este plazo lo serán por cuenta del arrendatario."
Eso lo puede hacer? las averias producidas por el uso habitual en los electrodomésticos de un piso amueblado no las tiene que cubrir siempre el propietario?
¿Qué me recomendais?
Coincido con mi compañero Pelayo, tal parece que el dueño de esos electrodomésticos sabe que son viejos y se van a estropear en menos de un año, con lo cual tendrá problemas porque aun con esa cláusula la sustitución corresponde al dueño.
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Álvaro, ten en cuenta que de conformidad con la LAU, "las pequeñas reparaciones por el uso ordinario" son a cargo del arrendatario. En todo caso, lo mejor que puedes hacer es preguntarle al arrendador qué pretende decir con esto y expresarlo con palabras claras para ambos.
Adicionalmente, te diría que acudieras a un abogado para que te revise el contrato.
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/10-consejos-arrendatario/