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El propietario se hace cargo de la instalación y enganche pero tardarán diez días en solucionar el problema. Mientras tanto, no se puede habitar la vivienda. ¿Puedo pedir reducción de renta por los días en los que no esté habitando la vivienda?
Articulo 21
2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente
diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a
soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de
la vivienda.
Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la
parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.
Ni propietario, ni inmobiliaria se prestan al descuento. Son 7,5 euros por día, es decir, 75 euros. ¿Existe alguna forma legal de solicitar el descuento?. Gracias.
Hablelo con el dueño. Si no se puede habitar la vivienda parece lógico que no pague por esos días. Como hablamos de poco importe, lo mejor es resolverlo de forma amistosa.