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Anfe12

inquilino/a

Tengo un contrato de alquiler de un año. ¿Puedo rescindirlo antes sin consecuencias?

El el contrato es de 1 año porrogable, en Pozuelo de Alarcón, pero por temas de trabajo me mudo. ¿Qué dice la ley al respecto? puse 1 mes de fianza y 1 mes de garantia. El piso está amueblado.

  • Preguntado por: Anfe12
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
  • usuario eliminado

    Depende del vencimiento. En principio los contratos se firman para cumplirlos. Tendrías que explicarlo bién al propietario, para ver si te deja rescindirlo por causas superiores, pero es posible que pierdas la fianza por incumplimiento. Si no os poneis de acuerdo, el propietario podría querellarse judicialmente, reclamandote el cumplimiento del contrato y reclamando la suma de los alquileres hasta el cumplimiento del contrato.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • usuario eliminado

    Depende del vencimiento. En principio los contratos se firman para cumplirlos. Tendrías que explicarlo bién al propietario, para ver si te deja rescindirlo por causas superiores, pero es posible que pierdas la fianza por incumplimiento. Si no os poneis de acuerdo, el propietario podría querellarse judicialmente, reclamandote el cumplimiento del contrato y reclamando la suma de los alquileres hasta el cumplimiento del contrato.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
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