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Tengo un contrato a 5 años, del cual dice que los 2 primeros son obligatorios, pero voy a cumplir un año ya en 1 mes y poco más, y me interesa dejar el piso sin perder claro la fianza que es de 2 meses, ¿podría dejarlo, previo aviso, o pueden obligarme a estar 2 años, como dice el contrato?
Gracias.
Hola juan pablo:
para responder a su consulta sería preciso examinar el contrato en su totalidad. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, con el contrato y los datos que usted aporte, resolverá su consulta.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Los acuerdos sobre duración de un contrato de arrendamiento son tan obligatorios para el arrendador como para el inquilino, por lo tanto quien decide dejar incumplido ese acuerdo deberá indemnizar a la parte que está dispuesta a seguir cumpliendo lo pactado.
En mi blog, http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/02/alquileres-indemnizacion-por.html considero que tienes cumplida respuesta a tus preguntas, no obstante me pongo profesionalmente a tu disposición telefónica para cualquier asesoramiento complementario