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He estado de alquiler en un chalet adosado en el cuál, el contador era exterior. Con el tiempo, pude comprobar que el aparato no funcionaba bien y estaba quemado. El gasto de cambiarlo, así como el boletín azul que no estaba actualizado y las reparaciones técnicas legales para confeccionarlo, las tuve que costear. ¿Está obligado el propietario a abonarme los cargos que la compañía eléctrica me ha efectuado en concepto de cambio de contador y de potencia (la potencia contratada era inferior a la que llegaba y se tuvo que regular para la realización del boletín). Muchas gracias.
Si vd era el titular de ese contrato de suministro eléctrico no veo fácil que le pueda reclamar al ddueño esos conceptos de cualquier modo conviene recordar que la teoría es muy fácil: Reparación pequeña o sustitución por mal uso corresponde al inquilino, lo demás al casero, en la práctica puede dar lugar a problemas importantes entre casero e inquilino, el mejor consejo es llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).