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usuario eliminado

¿Cómo podríamos exigir que nos devuelva nuestra fianza?

Tenemos un contrato colectivo 4 personas.

Una de ellas, lamentablemente, resultó tener problemas de salud mental. Demostrado con papeles en mano.

Esta persona resultó ser agresiva, acosa a mis compañeras y no controla su temperamento ni sus emociones. Ya tuvimos un par de enfrentamientos y desagradables situaciones con él. Ahora ya entendemos que su grado de enfermedad es incluso bipolar y que está bajo médico. Todo esto ha ocurrido en tan solo un mes que tiene viviendo con nosotros. En un inicio, le queríamos ayudar porque también tiene límites físicos, pero ya le hemos tenido que pedir que se vaya por temor a una reacción más desagradable, principalmente con mis compañeras.

Esta persona tiene hasta el día 30 de este mes para irse, de lo contrario, nos vamos nosotros pero con "incumplimiento por motivo que consideramos extraordinario"... ¿Como podríamos exigir que nos devuelva nuestra fianza?

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Crazyh ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Tu pregunta era " como exigir que nos devuelva nuestra fianza", y mi respuesta es la correcta ( a esa pregunta)

    Que os agreda físicamente no cambiará en absoluto la respuesta a tu pregunta.

    Ahora bien, si lo q quieres es orientación sobre como actuar con el problema que tenéis con uno de los arrendatarios, la solución legal es larga. Debéis, primero, tener pruebas sobre su situación médica, o al menos conocer el nombre del médico psiquiátrico que le hace el seguimiento y le ha diagnosticado la bipolaridad. Supongo que ninguno de los otros 3 sois psiquiatras, con lo que vuestra valoración no será aceptada. Eso sí, vuestro testimonio lo sería, en base a actuaciones del individuo.

    Con toda la información recabada, debéis acudir a un abogado e instar la resolución del contrato o el deshaucio de uno de los arrendatarios. El juicio puede demorarse más allá del año.

    En resumen, y a la espera de otras respuestas "más profesionales que la mia" ( veo que tienes mucha capacidad para hacer valoraciones, tanto médicas como profesionales ) os recomiendo pactar con el arrendador una rescisión de contrato y dar por perdida, como mínimo, la fianza.

    Como tampoco veo muy claro que el arrendador acepte quedarse con ese individuo y rescindir un contrato en tres partes, y no creo que lo acepte, ya casi que podéis ir acudiendo a un abogado a que intermedie.

    También se podría probar la vía penal, acudiendo a la policía nacional ( o equivalente) y alegar suficiente preocupación y miedo como para pedir una orden de alejamiento, ya que hay convivencia, lo que haría que el proceso sea más rápido.

    Otra actuación posible es que, en uno de esos arranques de ira, llaméis al 112 y pidáis un servicio médico, advirtiendo de que es una persona agresiva y que mejor si vienen acompañados de una dotación de policia. Con eso tendréis una prueba para el procedimiento penal y que os den una orden de alejamiento.

    Suerte que són temas q no conozco y mi opinión y respuesta debe ser orientativa y no profesional.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
  • usuario eliminado

    Tu respuesta iba perfecta, principalmente orientativa.

    Pero requiero de otras más opiniones, profesionales.

    Alguien más que pueda opinar, por favor. No quiero esperar a que este tipo nos agreda físicamente para poder denunciarlo.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 13 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Los contratos són de obligado cumplimiento para todas las partes.

    Solo un juez puede determinar la rescisión de un contrato, o un acuerdo entre las partes.

    Aparte, el arrendador no tiene porqué aceptar los cambios que queréis introducir, y si os vais, es posible que sigáis estando obligados al pago de las mensualidades, y en caso de ser un contrato solidario, se os podrá reclamar, incluso por la via judicial, los impagos, teniendo que hacer frente también a las costas que deriven de dicho juicio.

    Lo de "incumplimiento por motivo que consideramos extraordinario" queda muy bonito, pero a efectos legales no deja de ser una frase sin ton ni son.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 13 años
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