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Hola soy el arrendador de un local, por el cual no me pagan el alquiler y voy a tener que demandar por impago. La duda es si mis costes jurídicos, los puedo deducir de la fianza constituida, y por tanto, si el arrendatario se pone al día de deudas, también debe actualizar la fianza por todo lo gastado en cuestiones jurídicas