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Estoy desde mayo en un piso de alquiler y desde entonces tengo averías que le comuniqué a los propietarios, pero siempre ha tenido que ser por telefóno, ya que no me da su dirección postal para poderle enviar un burofax. Hasta la fecha siguen existiendo estas averías y siempre me da largas... averías cómo por ejemplo no puedo utilizar un baño, está cerrado desde que entré. ¿cómo puedo demostrar estas averias? o ¿cómo le puedo comunicar legalmente estas incidencias? ¿sirve un sms? ¿sirve un correo eléctronico? Si no me solucionan estas averías... ¿puedo irme? pero ¿como demuestro todo esto ante un juez por si me denuncia o no quiere devolverme la fianza?
En mi opinión, la solución está en hacer probar al arrendador su propia medicina. Dice este usuario que existe en el contrato un domicilio señalado por el arrendador, así que el problema no es del arrendatario, que cumplirá su obligación dirigiendo las notificaciones a ese domicilio, sin que nada importen sus dudas acerca de si el arrendador las recibirá o no. No se puede cargar sobre el arrendatario la obligación de buscar otro domicilio para suplir una posible deficiencia del arrendador. Y digo posible porque no es descartable que el arrendador haya establecido su propio método para ser informado de cualquier notificación allí dirigida. Si además el arrendatario guarda el registro de llamadas, mensajes telefónicos y correos electrónicos con los mismos contenidos, aunque sean pruebas insuficientes por sí solas, tendrá un conjunto que le permitirá no correr ningún riesgo en un improbable juicio que el arrendador pudiera iniciar contra decisiones como incluso la resolución del contrato por ausencia de reparaciones necesarias, decisión que el arrendatario puede adoptar por su cuenta, depositando las llaves en un notario a
disposición del arrendador, guardando prueba del estado de la vivienda y asegurándose de la ausencia de responsabilidades pendientes, lo que a su vez, le permitirá compensar la fianza con el último periodo de renta. Si al depositar las llaves deja señalado un domicilio para resolver cualquier duda que pudiera tener el arrendador, ningún juez en su sano juicio podrá tachar su conducta.
Pues parece que tendrá que contratar un detective privado o acudir al Juzgado pidiendo ayuda, para que oficie a la SS y a la AEAT con el fin de que manifiesten su domicilio actual. Anunciéselo por teléfono.
ahora que caigo... en el registro de la propiedad no me podrán ayudar porque donde yo vivo es su propiedad y ahora viven en un piso de alquiler. Alquilaron su propiedad para poder irse a otro de alquiler más pequeño.
En el contrato ha puesto la misma dirección que ha alquilado y en hacienda económica me han dicho que es legal, que por lo visto no tiene la obligación de ponerla en el contrato. No he ido al registro de la propiedad ¿si voy me la dan sin problemas? o ¿existe lo de la privacidad de datos? Pago el alquiler por el banco pero las cartas vienen aquí así que no se si tienen su dirección actual ¿se puede enviar cartas al banco por si acaso tienen su dirección actual? pero no vale igual que un burofax, no? Tengo un parte de trabajo de la compañía aseguradora con fecha 1 de octubre conforme vinieron a verlas pero no entraban por la compañía... este documento me valdría como justificante de que los he avisado? ¿cuánto tiempo tienen en reparar las incidencias? si este mes no me dicen nada... ¿se podría considerar por terminado el contrato?
Parece poco posible que un arrendador sea imposible de localizar. En el contrato no aparece un domicilio del arrendador, en el Registro de la Propiedad tampoco? ¿Cómo paga los alquileres? Si los paga por banco remita le las comunicaciones a ese Banco por correo certificado.
También puede ponerle una conciliación judicial y solicitar al Juzgado que averigüe el domicilio.
En cuanto a las averías sería conveniente que se procurara un informe técnico de las mismas, con valoración de su costo de reparación.
y si me denuncia directamente en vez de enviarme un burofax? qué consecuencias puedo tener? gastos de abogado y del juicio? me podría reclamar intereses o algo por los días de retraso en el pago del mes?
Tienes que intentar localizarle. Las comunicaciones verbales, por email o sms no son fehacientes. Sólo sirve el burofax con certificación de contenido y acuse de recibo.
En el contrato de arrendamiento debería figurar su domicilio para notificaciones.
Si no figura, se me ocurre - por favor que alguien me corrija - que tal vez si dejas de pagar, sea él quien te ponga un burofax a ti, y por ahí poder pillar su domicilio.
Luego inmediatamente haces el pago para no tener problemas. Y ya puedes notificar fehacientemente los desperfectos.
¡¡¡Otras opiniones por favor.!!!