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Tengo que incluir en el Contrato de Arrendamieto, próximo a entrar en vigor, una cláusula que haga referencia a un Seguro de Protección del Alquiler que voy a contratar y me gustaría conocer, si existe, la redacción concreta de dicha cláusula.
Muchas gracias a todos por la información que podáis proporcionarme.
Yo entiendo que solo debe constar en el contrato si el importe del mismo va a ser imputado al arrendatario.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
Hola Julio:
Discrepo con la respuesta de la Sra Amparo. El seguro del que habla es una garantía adicional y, por tanto, debe constar en el contrato de arrendamiento.
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
Deberías explicar un poco más.
no es Necesario que ponga que existe un seguro de alquiler. Del mismo modo que no es Necesario que diga que existe un seguro de hogar.
deberías explicarte un poco más. :)