Aleg84 para dar una respuesta segura habría que saber sien su contrato se pacta una cláusula penal y la duración de ese contrato. Si no hay cláusula penal debe cumplir seis meses y luego puede marcharse sin problemas preavisando con treinta dias. La única cláusula penal valida es una indemnizacion de un mes de alquiler por año ue deje sin cumplir o la parte proporcional para periodos inferiores al año. Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono:
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