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Un casero alquila un inmueble, el gasto de alquiler y gastos corre a cuenta de los arrendatarios. Si en el contrato no especifica nada al respecto, mas que la obligacion de los arrendatarios al pago de estos importes, ¿como se solucionan los problemas de impagos, entre los arrendatarios si el casero se desentiende? ¿cual/es, en este caso, son las obligaciones y cuales los deberes tanto de los inquilinos como del arrendador para solucionar estos retrasos en los pagos?
No entiendo bien el asunto. ¿El casero alquila un edificio completo? ¿Quien es el inquilino?
En los casos normales los gastos generales o de Comunidad no pueden repercutirse al inqulino nada mas que en la forma prevista en la LAU, es decir cuantificándolos en el contrato y desde luego el inquilino no debe responsabilizarse de que los paguen los demás inqulinos.
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