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Ivan

inquilino/a

Cancelar contrato de alquiler con opción a compra antes de periodo anual
Hola. Hace unos días hice una pregunta bastante similar y quedé bastante tranquilo y satisfecho con la respuesta que me dieron, pero hace un par de días un agente inmobiliario (el cual fue el anterior agente con el que formalizamos este contrato) me dijo todo lo contrario, que el contrato obligaba a cumplir 1 año y que para salir mejor negociara con el dueño (a pesar de saber nuestra situación ajustada económicamente) por lo que expongo de nuevo mi caso aportando el texto del contrato para clarificar. Mi situación es la siguiente: 
- El año pasado firmamos un contrato de alquiler con opción a compra en fecha 1 de Septiembre de 2015 (por lo que el periodo anual seria en 1 de Septiembre de 2016).   - Dicho contrato no contempla ninguna indemnización al arrendador por dejar la vivienda.  - Desgraciadamente a los pocos meses de firmar el contrato tuvimos que ayudar a mis padres  económicamente  de forma que hacernos con la casa va a ser imposible(se nos queda bastante lejos  económicamente  la verdad). Pero nos ha surgido otra oportunidad y  tendríamos  que formalizarlo ya. Mi mujer y yo no  podríamos  aguantar el sobrecoste de pagar la hipoteca de la nueva casa y el alquiler de la actual durante los meses que restan, por eso mi pregunta.    - La parte del texto en la que se refiere a la duración del contrato es la siguiente que copio a continuación: 
"El presente contrato de arrendamiento se concierta por el período de duración de UN AÑO, comanzando la vigencia el día 1 de Septiembre de 2015 a finalizar el día 1 de Septiembre de 2016 o en cualquier fecha anterior si la parte arrendataria diese lugar a alguna de las causas  previstas  en la ley para instar al desahucio. Pero llegado el día del vencimiento del mismo éste se prorrogará automáticamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de 3 años, salvo que la parte ARRENDATARIA-OPTANTE manifieste a la parte ARRENDADORA-CONCEDENTE con 30 días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prorrogas su voluntad de no renovarlo.  Si llegada la fecha de vencimiento de contrato o cualquier de sus prorrogas una vez transcurridos como mínimo 3 años de duración de aquél, y ninguna de las partes hubiera notificado a la otra, almenos con 30 días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente un año más. "
Si hiciera falta el texto del contrato entero no tendría ninguna pega en copiarlo entero(obviando datos personales que no son utiles para la consulta). Agradezco toda la claridad que pudierais aportarme para saber exactamente si unicamente tendria que avisar con 30 dias de antelación o bien necesitaria negociar (y dar dinero al dueño).
Muchas gracias.
  • Preguntado por: Ivan
  • Hace 8 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ivan ese agente inmobiliario demuestra, a pesar de su profesión, un conocimiento deficiente de la ley; el inquilino, en contratos posteriores a 6/6/2013 puede desistir del alquiler al cumplir los seis meses, preavisando con treinta días de antelación, el preaviso debe ser fehaciente.
    En todo caso el casero podrá exigir una indemnización si así se ha pactado en el contrato, en su caso parece que no se ha pactado, si no fuera así la indemnización sería de 3/12 partes de un mes de alquiler, ya que deja sin cumplir tres meses.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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