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No me han notificado nada cuando cambia la propiedad del inmueble alquilado, ¿tiene el inquilino preferencia de compra?
Hola Eduardo:
En el artículo 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 encontrará la regulación legal aplicable a su caso.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Si la vivienda se vende si el inquilino puede igualar el precio por el que se va a vender la vivienda tiene prioridad ante el comprador.
El Notario remite copia de la escritura de venta al inquilino para que ejerza si le conviene su derecho de retracto.
En mi blog http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si quiere ampliar la consulta.