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Por ejemplo: pago de un mes por cada año no cumplido de contrato.
En contra de alguna opinion mi postura es que esa cláusula no beneficia, sobre todo si el alquiler no es anual o menor pues en caso de incumplimiento si es de 5 años pagará desde que marche hasta los 5 en caso de demanda judicial.
Si firmas por un año al final de cada año o prórroga puedes comunicar por burofax con acuse de recibo y certificacion de texto 30 dias antes de finalizar anualidad o prórroga, para evitar ésta. Si comunicas 29 dias antes ya se prorrogo por un año más. saludos,
Felipe le sugiero la lectura de esto y aplicarlo:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2011/09/el-decalogo-del-inquilino.html
Hola Felipe:
Si la duración inicialmente pactada en el contrato es igual o inferior a 12 meses, la cláusula es válida aunque su redacción no sea la más adecuada. Si la duración inicialmente pactada en el contrato es igual o superior a 24 meses la cláusula favorece a sus intereses.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Para un contrato hace falta la conformidad de las partes, sino continua buscando otro piso.
Normalmente un contrato se hace por un año y sin hacer nada se prorroga hasta los 5 años en que el arrendador lo puede rescindir al igual que usted´ Cada año el arrendatario puede rescindir el contrato evitando se prorrogue por un año más comunicando por burofax con acuse de recibo y certificacion de texto 30 dias o más antes de la finalizacion del contrato o de la prorroga. Después de esta comunicacion ( en correos) se reunen el último dia para revisar piso y todo lo del contrato y firman ambos el documento de final de contrato que servirá de prueba para deducir de la fianza los desperfectos,faltas,averias,..consumos pendientes ( lectura contadores) y devolver la diferencia previa presentacion de facturas, antes de un mes.
El documento final de contrato debera ser firmado por ambos y copia para cada uno.
Si dentro del mes no le abonan la diferencia podrá demandar judicialmente con el documento final de contrato firmado por ambos. saludo,
Tanto como exigirlo... pero sí puedes pedirlo y, si la otra parte no acepta, pues no firmes el contrato y búscate otro inmueble con otras condiciones contractuales.
En cuanto a clausulas, se pueden poner las que cada parte proponga, y en la otra parte está el aceptarlas o no. Antes de firmar un contrato casi todo es negociable.
Pero como dice Paolo, piénsatelo porque puede que esa cláusula al final te beneficie, ya que si no cumples el contrato o sus prórrogas y te vas x meses antes de finalizado según la LAU has de pagar las mensualidades que queden hasta la finalización o hasta que el casero alquile de nuevo el inmueble, que pueden ser hoy en día bastantes meses (con un máximo que no supere las mensualidades restantes antes de la finalización).
Imagina que contratas por un año con prórrogas anuales y te has de ir por ej 6 meses antes de que el contrato o la prórroga anual finalice, pues en ese caso tendrías que pagar 6 mensualidades en las que no vas a estar viviendo en el piso.
Hombre, eso no es muy abusivo, la verdad.
si no dice nada deberás pagar Todo el contrato no cumplido!
seguro que la quieres cambiar?
pablo.